Efecto impeditivo que, en un proceso judicial, ocasiona la preexistencia
de una sentencia judicial firme dictada sobre el mismo
objeto. Es firme una sentencia judicial cuando en derecho no caben contra ella medios
de impugnación que permitan modificarla. Este efecto impeditivo se traduce en el
respeto y subordinación a lo decidido sobre lo mismo, en un juicio anterior. Por ello también se
le define como la fuerza que atribuye el derecho a los resultados del proceso.
El desarrollo constitucional, legislativo y
jurisprudencial que creó nuevas posibilidades de control de los fallos
judiciales completa el panorama sobre la cuestión y, en ocasiones, confronta el
derecho a obtener una decisión justa con la seguridad jurídica, conceptos
rectores de todo sistema judicial.
En efecto, la Constitución de la República, promulgada
en 1999, al establecer en su preámbulo el propósito de “establecer una sociedad
democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural en un
Estado de justicia, federal y descentralizado” destaca en primer término el
valor justicia, el cual en su articulado coloca al lado del Derecho, al
expresar:
Artículo 2. Venezuela se constituye en un Estado
democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores
superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad,
la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad
social y en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el
pluralismo político.
INMUTABILIDAD Y COSA JUZGADA
"exigencias
prácticas relativas al logro del fin del proceso inducen, si no a excluir, por
lo menos a limitar la mutabilidad del mandato, que es en cambio, ilimitada para
la ley. Bajo este aspecto, cabe decir que lo que la sentencia pierde en
extensión, comparable con la ley, lo gana en intensidad, porque la lex
especialis es inmutable"
En condiciones de otras especialidades del derecho, la cosa juzgada otorga seguridad jurídica, por cuanto una vez emitida la sentencia definitivamente firme y ante igualdad de personas, de causa y de objeto, cualquier nueva demanda sobre lo mismo podrá oponerse la cuestión previa de COSA JUZGADA.
IMPORTANTE:
http://zulia.tsj.gob.ve/DECISIONES/2010/JULIO/488-26-5898-10-157.HTML
¿Cómo es posible que una sentencia definitivamente firme no sea en este caso considerada como cosa juzgada?
INMUTABILIDAD Y COSA JUZGADA
En condiciones de otras especialidades del derecho, la cosa juzgada otorga seguridad jurídica, por cuanto una vez emitida la sentencia definitivamente firme y ante igualdad de personas, de causa y de objeto, cualquier nueva demanda sobre lo mismo podrá oponerse la cuestión previa de COSA JUZGADA.
IMPORTANTE:
http://zulia.tsj.gob.ve/DECISIONES/2010/JULIO/488-26-5898-10-157.HTML
¿Cómo es posible que una sentencia definitivamente firme no sea en este caso considerada como cosa juzgada?
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